Las motos y vehículos ligeros están excluidos de la prohibición de 2035
A partir de esa fecha, todavía se podrán seguir comercializando motocicletas, ciclomotores, triciclos, cuatriciclos, microcoches con motores de combustión
El Parlamento Europeo ratificó la normativa que prohíbe la venta en los países miembros de todos los turismos y furgonetas que no sean cero emisiones a partir del 1 de enero de 2035. Pero hay excepciones: la moto y el vehículo ligero (categoría L).
Esto significa que, a partir de esa fecha, todavía se podrán seguir comercializando motocicletas, ciclomotores, triciclos, cuatriciclos, microcoches con motores de combustión..., esto se debe a que Europa considera que la contribución de estos vehículos a las emisiones contaminantes totales del tráfico rodado no es relevante, por lo que no será incluido en las nuevas restricciones.
No obstante, la Asociación Nacional de Empresas del Sector Dos Ruedas (ANESDOR) ha recordado que aunque no haya ningún límite para comercializar motos y vehículos ligeros movidos por gasolina, los fabricantes ya están inmersos, igual que el resto de la industria en el proceso de la descarbonización y en el objetivo de cero emisiones netas.
Actualmente, la moto nueva no solo cumple con la exigente normativa europea antiemisiones Euro 5 (en vigor desde 2021 y que nada tiene que ver con la de los turismos), sino que es el vehículo eléctrico que más penetración está logrando en el mercado. El año pasado, el 8,5% del total de las motos vendidas en España fueron 100% eléctricas.
El secretario general de ANESDOR, José María Riaño, ha subrayado que "es más fácil electrificar las motos urbanas. Hoy por hoy, con las tecnologías actuales, las motocicletas grandes presentan más problemas, porque no admiten ni el peso ni el tamaño de las baterías necesarias para mantener sus prestaciones actuales". Por este motivo, ha recalcado que dado que "el objetivo final no es el vehículo eléctrico, sino el vehículo con cero emisiones netas".