¿Qué pasa si te pillan haciendo trampas en los test para obtener el permiso de conducir?
Algunos de los aspirantes a superar los test para obtener permisos o licencias de conducción tratan de hacerlo utilizando sofisticadas artimañas
Este tipo de acciones suponen una infracción bastante corriente, diría que todos los meses hay algún caso en España. Una de las artimañas usadas por los tramposos es utilizar un auricular y una cámara para que alguien desde el exterior responda las preguntas.
¿Que dice la Ley?
Dentro de las reformas de la Ley de Tráfico, en vigor desde marzo de 2022, el artículo 80, referido a los tipos de sanciones, dispone de un apartado, el 4, que literalmente establece "la infracción recogida en el artículo 77. U” consistente en “utilizar dispositivos de intercomunicación no autorizados reglamentariamente, en las pruebas para la obtención y recuperación de permisos o licencias de conducción u otras autorizaciones administrativas para conducir, o colaborar o asistir con la utilización de dichos dispositivos”.
Sofisticada tecnología
El modus operandi más extendido es aquel en que el aspirante lleva un pinganillo, un auricular diminuto, insertado en el oído y además oculto por el pelo, el cual sirve para recibir la indicación de la respuesta correcta que le es facilitada desde el exterior, generalmente por una persona ubicada en un vehículo cerca del lugar del examen. Este colaborador puede ver la pantalla del ordenador, o el test en papel del aspirante, gracias a una pequeña cámara cuyo diminuto objetivo suele colocarse en un botón de la camisa o suéter del alumno para transmitir imágenes al portátil del compinche que puede ver las preguntas y le ayuda a contestar la respuesta acertada desde el exterior.
Este no es el único sistema, también se han detectado transmisores en relojes, gafas, pelucas, pulseras y anillos.
Seis meses de sanción
La Ley de Tráfico de febrero de 2022 prevé para los alumnos que utilicen este tipo de prácticas una sanción por la que “el aspirante no podrá presentarse a las pruebas para la obtención o recuperación del permiso o licencia de conducción u otra autorización administrativa para conducir en el plazo de seis meses”.