Diez fabricantes de automóviles denunciados por pactar precios, según Facua

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Diez fabricantes de automóviles denunciados por pactar precios, según Facua

La asociación de consumidores presentó demandas en nombre de 766 socios reclamando indemnizaciones por supuestas prácticas anticompetitivas.

La asociación Facua-Consumidores en Acción ha denunciado hasta a diez fabricantes de automóviles, entre los que se encuentran BMW, Fiat Chrysler, Ford, Honda, Nissan, Opel, Hyundai, Toyota, Renault y PSAG Automóviles, por haber pactado, supuestamente, inflar sus precios entre 2006 y 2013, según dio a conocer la asociación.

Un total de 766 socios, que en aquellas fechas compraron vehículos nuevos en concesionarios de las marcas relacionadas, reclamaron indemnizaciones a través de la  federación. La última de las demandas se presentó la semana pasada, pero las actuaciones judiciales llevan en marcha desde el pasado mes de octubre en los juzgados de lo mercantil de Barcelona, donde tienen sus sedes sociales Honda y Nissan; Valladolid, donde está Renault; Zaragoza, en la que tiene su sede Opel; y Madrid, donde tienen sus domicilios el resto de fabricantes.

Quince marcas implicadas

Los afectados a los que Facua representa en estas demandas compraron automóviles de quince marcas de los fabricantes que supuestamente conformaron el cártel para elevar los precios: Alfa Romeo, BMW, Citroen, Dacia, Fiat, Ford, Honda, Hyundai, Jeep, Lexus, Nissan, Opel, Peugeot, Renault y Toyota.

En 2015, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ya había sancionado a una serie de fabricantes por haber pactado intercambiar  información comercialmente "sensible y estratégica" para la comercialización de todos los vehículos distribuidos en España.

Competencia apuntaba que "la disminución de la competencia generada por tales intercambios de información durante los períodos en los que se produjeron se han traslado al consumidor final en forma de menores descuentos, políticas comerciales menos agresivas por parte de las marcas y un menor esfuerzo por distinguirse de las otras empresas con unos servicios de más calidad".

Los acuerdos supondrían una práctica "anticompetitiva" prohibida por la ley de defensa de la competencia. La resolución fue recurrida por la mayoría de los sancionados, aunque diferentes sentencias del Supremo desestimaron la mayoría de los recursos.

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